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La Fiscalía de Valencia requiere al Ayuntamiento de Chiva para que investigue un depósito incontrolado con más de 35.000 neumáticos

Ocupa una superficie de 7.000 metros cuadrados

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La FiscalíaProvincial de Valencia ha requerido al Ayuntamiento de Chiva, la incoación de procedimiento administrativo de Seguridad ySalubridad Urbanística, respecto de los titulares de una parcela existenteen el Polígono Industrial “La Pahilla”, (C/ Urrea con Camino de Chiva – Buñol), con motivo del depósitoincontrolado y en estado de abandono de gran cantidad neumáticos usados (superficie aproximada de 7.000 m2, alturamedia de 2 m, volumen aproximado de 14.000 m3, número aproximado de 35.000neumáticos y un peso aproximado de 245 toneladas); ubicada en las proximidadesde empresas dedicadas a la fabricación y/o manipulación de productos químicos,alimentación y plásticos.

La solicitud de incoación de procedimientoadministrativo, se ha formulado ante el incumplimiento de la obligación delos propietarios de los terrenos, de mantenerlos en condiciones de seguridad y salubridad, establecidos por la Ley 5/2014, de 25 dejulio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, dela Comunitat Valenciana); así como por incumplimiento de las obligacioneslegales impuestas a los poseedores de residuos, por la Ley 22/2011, de 28 dejulio, de residuos y suelos contaminados y del RD 1619/2005, de 30 dediciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

La solicitudde inicio de procedimiento administrativo ha sido formulada con motivo de latramitación de las Diligencias Preprocesales Contencioso Administrativas n.2/18, tras la investigación del SEPRONA de la Guardia Civil y el Laboratorio deEcotoxicología del Instituto de Medicinal Legal de Valencia; así como tras laaportación de documentación por parte de la Dirección General de CambioClimático y Calidad Ambiental de la GV.

Lasolicitud se ha formulado en el ejercicio de la función constitucional ylegal del Ministerio Fiscal, de promover la acción de la justicia en defensa dela legalidad medioambiental y urbanística; ante la situación real de peligro de incendio, con el consiguiente riesgo degrave daño para la salud pública, personas y/o bienes.



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