El Consejo de Empadronamiento ha informado favorablemente lapropuesta para modificar la Resolución de 17 de febrero de 2020, sobreinstrucciones técnicas a los ayuntamientos en materia de gestión padronal, paraempadronar a las mujeres víctimas de violencia de género que se encuentranviviendo en residencias, pisos tutelados o casas de acogida de las comunidadesautónomas.
Una vez informado favorablemente en el Consejo deEmpadronamiento, el Instituto Nacional de Estadística (INE) procederá a iniciarsu tramitación haciendo efectiva en próximas fechas la modificación.
En el seno del grupo de trabajo constituido en septiembre de2020 e integrado por representantes del Defensor del Pueblo, INE, FEMP, OficinaNacional del Censo, Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia deGénero y Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, seacordó el texto y la propuesta de modificación de la citada Resolución de 17 defebrero de 2020 para introducir un nuevo apartado relativo al empadronamientode las víctimas de violencia de género.
Empadronamiento de víctimas de violencia degénero
La modificación que introduce el grupo de trabajo es unarevisión de la citada Resolución de 17 de febrero de 2020 para introducir unnuevo apartado relativo al empadronamiento de las víctimas de violencia degénero.
Ese nuevo apartado, dice así: En el caso de personasvíctimas de violencia de género a las que hace referencia el art. 1.2 de la LeyOrgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integralcontra la Violencia de Género, que residan o se encuentren bajo el amparo de lared de recursos de asistencia social integral, como pisos tutelados,casas de acogida u otros recursos de la citada red, y cuando no sea posible elempadronamiento en el domicilio real por razones de seguridad, este podrállevarse a cabo en lugar que determinen los Servicios Sociales del municipio enel que efectivamente residan (que podrá ser la sede de una institución social ode los Servicios Sociales de cualquier Administración Pública domiciliada en su término municipal, o cualquier otra dirección que estos indiquen, siempredentro del citado municipio) tras la correspondiente valoración técnica, debiendocumplirse las siguientes condiciones:
- Quelos Servicios Sociales y la institución social de referencia esténintegrados en la estructura orgánica de alguna Administración Pública o bajo sucoordinación y supervisión.
- Quelos responsables de estos Servicios Sociales informen sobre la habitualidad dela residencia en el municipio de las personas que se pretenden empadronar.
- Quelos Servicios Sociales indiquen la dirección que debe figurar en la inscripciónpadronal con referencia en el callejero municipal y se comprometan a intentarla práctica de la notificación cuando se reciba en esa dirección unacomunicación procedente de alguna Administración pública.
Recomendación del Defensor del Pueblo
En diciembre de 2019, el Defensor del Pueblo hizo unarecomendación, relativa al empadronamiento de las mujeres víctimas deviolencia de género que se encuentran en residencias, pisos tutelados o casasde acogida de las CCAA. Al priorizar la seguridad de las víctimas, no seempadronan donde realmente residen y se originan problemas en el acceso a losservicios públicos municipales, en especial cuando hay menores en edad deescolarización.
Para evitar esta situación, recomendaba la modificación delReal Decreto 1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población yDemarcación Territorial de las Entidades Locales.
Teniendo en cuenta la complejidad que la modificación dedicha norma planteaba, dilatada tramitación, consulta a las comunidadesautónomas y entidades locales, informes preceptivos...se consideró comosolución más rápida la modificación de la Resolución de 17 de febrero de 2020del Presidente del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica yLocal, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por la que sedictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrónmunicipal.
Previo informe del abogado del Estado del Ministerio de PolíticaTerritorial y Función Pública, concluyendo que la propuesta resultaba ajustadaa Derecho, en marzo de 2020 se planteó al INE y al Defensor del Pueblo laposibilidad de constituir un grupo de trabajo a fin de abordar el problema.
La propuesta fue aceptada por el Defensor del Pueblo y laSecretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública se dirigió a laSecretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género para solicitarsu participación en el grupo de trabajo, que se constituyó en septiembre de2020, con los representantes citados.