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Pablo Delgado: “La Abogacía del Estado no debe doblar el brazo porque resulte conveniente para una investidura”

Entrevista sobre las conclusiones del abogado Pablo Delgado acerca del procés

Pablo Delgado. / Foto: Vicente Rupérez
Pablo Delgado. / Foto: Vicente Rupérez

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El pronunciamiento de Luxemburgose circunscribe únicamente a la prisión provisional de Junqueras pero no abrela puerta a declarar nulo el fallo del procés. Son las conclusiones del abogadoPablo Delgado que recuerda que la Abogacía del Estado “es un cuerpoindependiente que haría mal si se deja doblar el brazo porque resulteconveniente para una investidura de presidente de Gobierno”.

Defiende la presunción deinocencia a capa y espada: “La responsabilidad política acaba con la condena yno con ninguna fase intermedia, y esto sirve también para el PP. Aquí sólo hadimitido Rajoy, al que nadie condenaba”.

Apunta a “una clarísimaresponsabilidad in vigilando” en el fraude de la EMT y establece paralelismosentre el procesamiento del concejal Pere Fuset por homicidio imprudente en elmontaje de las gradas de Viveros durante la Fira de Juliol con el procedimientodel accidente del metro.

Detalla minuciosamente lasanción, cierre y finalización de contrato en el centro de menores regentadopor las hermanas terciarias capuchinas de Segorbe. La Generalitat actuó “deforma injusta con un expediente que no había por dónde cogerlo”. Insiste en que todas las deficiencias fueron subsanadas,niega que se duchara a los tutelados con agua fría o que se les sirviera comidacaducada: “Con el tiempo hemos visto que a la vez pasaban otras cosas en otroscentros concertados también con la Generalitat”.

Y concluye: “En otros centros,ante denuncias de abusos sexuales, ni siquiera se adoptaron medidas deprotección de los menores o se iniciaron procedimientos de inspección osanción. Parece ser que el Derecho no se aplica de igual forma a todos en laConselleria de Igualdad”.

¿Qué dice el fallo deltribunal de Luxemburgo sobre Junqueras?

Que el procedimiento judicial enque fue juzgado y condenado se debería haber interrumpido para ir a recoger suacta de eurodiputado. Y, además, la resolución concluye que no va más allá deun defecto formal que ya no es subsanable porque se ha producido la condena enfirme así que se podría producir una indemnización como responsabilidadpatrimonial de la Administración.

¿El juicio del procés puedeser nulo?

Con lo que hay sobre la mesa, no.Lo que existe es una determinación sobre el hecho concreto de la prisiónprovisional. No hay ninguna declaración que hable de juicio injusto. Otra cosaes que lo puedan acabar pidiendo, alegando que si hubiera estado libre duranteel juicio podría haber ejercitado mejor su defensa. Y ésta será probablemente yentre otras la causa de petición de nulidad, aunque sólo sea para inquietar ala Fiscalía General del Estado y la Abogacía.

¿La Abogacía del Estado puedeabrir la puerta a pedir la libertad?

Mi opinión es que no porque es uncuerpo independiente aunque esté adscrito al gobierno. Su criterio jurídicodebe ser uniforme y no puede defender justo lo contrario que ha ido postulandodurante el juicio porque resultara conveniente para el presidente en funciones,a su vez, candidato a la investidura. Muy mal haría la Abogacía si se dejadoblar el brazo.

¿Luxemburgo favorece aPuigdemont?

La abre a la incertidumbre, nopor lo que dice la sentencia sino por lo que van a intentar hacer valer quedice. Si Puigdemont se puede beneficiar al recoger su acta y puede alegar quees inmune, venir aquí y reclamar, no serdetenido, lo estudiará y lo hará y si no, deambulará libremente por el espacioeuropeo y dirá que España es un país tirano donde se quiere encarcelar a loshombres libres.

¿Un hipotético gobierno decoalición PSOE-Podemos puede favorecer al independentismo evitando acudir a lavía del Constitucional?

Las decisiones irán cambiando enfunción de su interés y del estado de opinión electoral en Catalunya, perodesgraciadamente no pensando en el interés general de toda España. Lo que van apedir los independentistas es el referéndum y la amnistía de los condenados,que no son presos políticos. En este proceso no está trascendiendo la posturade PSOE ni de Podemos. Durante la campaña electoral estaban muy claros loslímites pero ahora no trascienden y pretenden que nos quedemos con laspalabras. Lo peor de que haya un pacto es que no sepamos cuál es, y yo quiero saber si Sánchez defiende unaamnistía y un referéndum.

¿Cabe una amnistía?

Sí, a través de indultosindividuales y esa capacidad la tiene el gobierno.

Un referéndum no se puedecelebrar en el marco actual porque habría que reformar la Constitución y ellopasaría por el apoyo del PP para obtener la mayoría parlamentaria suficiente.

¿Cuándo se materializará la inhabilitaciónde Torra como president de la Generalitat de Catalunya?

Será efectiva cuando su sentenciasea firme, cuando se haya estudiado el recurso. Si el fallo se confirma, sepodrá ejecutar. Políticamente nadie discute que pueda seguir en su puesto y nodimita, cosa que llama la atención frente a la petición de dimisión de otrosaltos cargos de otras comunidades autónomas ante una mera imputación. ¿Por quénadie le dice a Torra que dimita porque lo han condenado los tribunalescatalanes que están en España?

¿Con estos cambios de posiciónde Pedro Sánchez se genera inseguridad jurídica?

Al final trasciende que lo quepasa en Catalunya no sirve para nada porque continúan haciendo lo que quieren,lo que no pasa con el resto de ciudadanos de otras comunidades autónomas deEspaña.

¿Una imputación obliga adimitir?

Una imputación no debe conllevaruna dimisión porque si no, debería haberla presentado ya el señor Baldoví queha sido imputado por su etapa como alcalde en Sueca. Tengo el firmeconvencimiento que cualquier ciudadano no es culpable hasta que no está juzgadoy se haya dictado una sentencia que sea firme. La responsabilidad políticaacaba con la condena y no con ninguna fase intermedia y eso lo digo para Torra,para Baldoví y para cualquiera, sea del partido que sea. Es gratuito haberrebajado los límites de la responsabilidad política a la imputación. No hayningún género de duda en su exigencia mediática cuando son del PP losinvestigados pero si pertenecen a otras formaciones, se habla de presunción de inocencia,de que la imputación es por cuestiones técnicas o de que es investigación y noimputación.

¿Eso afecta a Pere Fuset,procesado por homicidio imprudente de un operario en Viveros?

Y ni dimite ni entiendo que se ledeba pedir. Otra cosa será cuando llegue la sentencia. Pero cuando hablamos deun accidente laboral grave con el resultado de fallecimientos en el que sellega a imputar a los responsables políticos como titulares de la competenciaenjuiciada, estamos ante un supuesto homólogo y con la misma trascendencia queel procedimiento del metro, también con víctimas mortales, trabajadores yusuarios en este caso, y ha de tratarse igual, con el debido respeto en amboscasos y con un orden de proporción por la magnitud. La hipocresía reside en elsupuesto de pedir la dimisión de otro y cuando en este caso Fuset está en esasituación hablar de una irregularidad administrativa cuando hay unfallecimiento. Para los demás sin presunción de inocencia y exigiendoresponsabilidades políticas pero para mí, toda garantía y excusa es poca.

¿El fraude de 4 millones en laEMT tiene recorrido jurídico?

Clarísimamente, y es miparticular opinión, hay un culpa invigilando porque hay una serie de directivos a los que se les cuenta que se hacomprado una empresa en Hong Kong, situación que les parece normal y de la que nosospechan, sin que tenga ninguna necesidad la EMT de comprar nada ni en HongKong ni en Cuba. Algo pasa. Es extrañoque esa empresa pública tenga esas puntas de tesorería y esa liquidez, que lamisma sea conocida por los timadores, y que no cuente con un sistema deprotección informático, ni de confirmación en la toma de decisiones. Imaginoque en cualquier administración pública, y cualquier empresa del sector público,lo mínimo es consultarlo con los superiores, y descargar toda la responsabilidad en la trabajadorasino haber funcionado mecanismos de defensa porque nadie debería firmar sin elconocimiento claro de todo el mundo.

¿Se recuperarán los 4 millones?

España no tiene tratadosrecíprocos con Hong Kong o China, con lo que existe una dificultad jurídica ydependerá de la habilidad de los abogados en Hong Kong y los de aquí, a los quehemos visto que recientemente han sido cesados, no por su falta de pericia,porque como profesionales conocidos que son me consta que tienen una alta cualificación, sino al parecerpor su relación de parentesco con el alcalde. Si han sustituido a la defensajurídica en Valencia será porque los nuevos que entren van a conseguir unosresultados extraordinarios.

Vayamos a la gestión delBotànic con los menores. Como defensor de las hermanas terciarias capuchinas,¿qué pasó en Segorbe?

Ante la postura de la Conselleriade Políticas Inclusivas e Igualdad de sancionar a la congregación que lo dirigía,se cedió la dirección a los Terciarios Capuchinos dentro del programa deconciertos de la Generalitat porque a las monjas terciarias capuchinas no seles permitió presentarse al concurso como consecuencia del dichoso expediente,desde mi punto de vista de forma injusta. El expediente, que no hay por dóndecogerlo, se llegó a archivar y reabrir hasta en tres ocasiones y que ya hay tresórganos judiciales que confirman esta injusticia en tres procedimientos distintos a lo que la abogacía al servicio de la Generalitat, conabsoluta falta de juicio, sigue recurriendo. Quedan aún otros tresprocedimientos por dilucidar, pues las Hermanas Terciarias tuvieron, ante elatropello sufrido, que judicializar todas las decisiones que orquestadamente seadoptaban contra ellas en la conselleria de la señora Oltra.

Y conviene recordar que lashermanas se han defendido en los tribunales esencialmente por proteger a losniños por ellas tutelados, y su labor centenaria en el cuidado de los mismos. Yeso lo están reconociendo los tribunales.

¿Por qué se produjo la sanción?

Fue una sanción económica y de cierretemporal, como ya he dicho después de reiniciar el expediente por caducidad ydesidia de la administración, y de forma coetánea, una resolución definalización de contrato administrativo parcial ilegal, discriminatoria y concarácter sancionador, dictada al mismo tiempo que se prorrogaron todos los contratoscon todos los centros de la Comunitat Valenciana sin excepción, salvo el deSegorbe. Los motivos que alegaban parasancionar fueron incumplimientos materiales, como por ejemplo del suelo antideslizantede las duchas, que fue sustituido en una semana. La Conselleria no pasó nunca acomprobarlo. De hecho, en esa inconsistencia se basan los jueces para dictarsus sentencias ya que el informe deinspección de la propia conselleria dela señora Oltra decía que las deficiencias detectadas se tenían que subsanar enun plazo de tres meses y antes de que se girara nuevamente, la inspecciónvisita pasado el plazo, y no propone nunca el cierre del centro. Esas visitasde inspección constataron el cumplimiento de las subsanaciones pero pese a ellola conselleria de la señora Oltra sancionó y cerró el centro. Otra curiosidad es que requerían llaves paralas taquillas de los niños, a lo que las hermanas respondieron que dicha medidaobedecía a un mejor control de sustancias prohibidas u otros utensiliospeligrosos que pudieran guardar los menores, sin que esto atentase su intimidad.Puesto que nos sancionaron por no tener las llaves las pusimos, y en la últimavisita de inspección nos han dicho algo así como que por que las taquillastienen llaves. Esto es lo que hay…

¿El cierre fue una decisióntécnica o política?

Es desde luego injustificadatécnicamente, lo dicen los Juzgados y el TSJCV, y por tanto política, en tantoque además son las instancias políticas las que siguen ordenando a la Abogacíaal servicio de la Generalitat que siga defendiendo sus actos.

La Conselleria de PolíticasInclusivas e Igualdad ha desvirtuado esas deficiencias subsanables en susdeclaraciones públicas que fueron y están siendo malintencionadas. Sostengo especialmente que es incierto tambiénque a los niños se les duchara con agua fría. Es falso. Una educadora explicó que un niño de cuatroaños presentaba una situación de ansiedad e inestabilidad irreconducible pormedios ordinarios, ante lo cual, consumo cuidado y atención, decidió variar la hora de aseo y ducharlo con aguatemplada para que reaccionara y se calmara, lo que consiguió con éxito, paraproseguir posteriormente a acostar al menor y contarle un cuento. La pobre educadoralloraba a lágrima viva cuando escuchaba las acusaciones que le dirigían desdela tribuna del parlamento y en todos los medios de comunicación, y que aúnseguimos viendo, porque nunca le preguntaron, ni le permitieron informar sobrela actuación efectuada, nunca investigaron nada porque no les interesaba, soloquerían el titular. De facto presentamos hasta un detallado informe pericial deun reputado pediatra que estudió la situación y convalidó plenamente laactuación de la educadora. Los trabajadores, educadores, han sufrido muchasmentiras. Se intentó tergiversar el trabajo y nunca se preguntó ni a loseducadores ni al centro porque no les interesaba.

La diferencia es que en otroscentros dependientes de entidades privadas al servicio de la conselleria lasterapias para reconducir a los niños no son estas, sino el suministro de medicamentos,y aún estamos esperando que esto se investigue.

En sede parlamentaria sedenunciaron abusos sexuales a una menor en Segorbe que fueron archivados.

Nada se dice en el informe deinspección, fechado en febrero del 2017 porque los presuntos abusos, que no consentencia firme resulta que luego no lo fueron, se produjeron en enero del 2016.Y casualmente esto no se hace público hasta mayo de 2017. No sabemos porqué. En enero de 2016, las hermanas ylos educadores tuvieron conocimiento que había una niña que había dicho que enNavidad, fuera del centro y en horario no laboral había quedado con un educadora tomar café, y en alguna otra ocasión en ese periodo. Lo que se ponía demanifiesto con el Whattsap que la menor mostró a los educadores del centro.Como ha sido probado y consta en el expediente de la propia conselleria abrióese mismo año, ninguno de los mensajes que envió el educador era de caráctersexual, pero confirmaron a las hermanas que se habían producido conversacionesfuera del centro en periodo vacacional, extremo que confirmó también eleducador. Este comportamiento está prohibido y por eso se le despidió. Eltrabajador lo asumió y no recurrióporque conocía que no estaba permitido. El procedimiento fue archivado y tantoel educador en su procedimiento que fue absuelto, como las religiosas en lainstrucción que fue inmediatamente sobreseída en Segorbe por supuestaobstrucción, quedaron apartadas de cualquier sombra. Pese a lo cual aún ahoraestamos estas semanas oyendo desde la portavocía del gobierno valenciano que eldespido del trabajador fue un pacto para ocultar pruebas, lo que no sólo no es cierto sino que es además una grave acusaciónde haber incurrido en un delito de obstrucción a la administración de justicia

¿Qué interés había entonces?

Con el tiempo hemos visto que ala vez pasaban otras cosas en otros centros concertados también con laGeneralitat. Pero aplicando la presunción de inocencia a todo el mundo, noentiendo cómo para el centro de Segorbe se extremaron con tanta visceralidadmedidas de cierre y traslado de los niños, que luego los tribunales handeclarado ilegales y contrarias a Derecho,y en otros centros al tiempo y ante denuncias de abusos sexuales, ni siquierase adoptaron medidas de protección de los menores o se iniciaron procedimientosde inspección o sanción. Parece ser que el Derecho no se aplica de igual formaa todos en la Conselleria de Igualdad.

Usted defiende a Paco Camps,que denuncia ser víctima de una persecución.

Está perseguido desde antes de sudimisión en 2011, concretamente desde que estalló Gurtel en 2009. Y noolvidemos que en julio de 2011 dimitió como Presidente de la Generalitat trasrecabar del electorado la mayoría absoluta y el número de votos más elevado dela historia hasta la fecha. ¿Quién ha dimitido, salvo él y Mariano Rajoy, alque por cierto nadie condenó? Pese a la absolución del señor Camps en el TSJCV,confirmada por el Tribunal Supremo, aún hoy sigue perseguido por haber sidoPresidente de la Generalitat Valenciana, y hoy más de 10 años después, continúanabriéndole causas la propia Abogacía, al Servicio de la Generalitat, o laacusación pública, por razones por lasque insospechadamente a otros dirigentes de otros partidos en la mismasituación ni siquiera se atreven a poner en cuestión. Resulta incomprensible enun Estado de Derecho y en una administración justa.

Sobre el autor

PILAR TAMAYO
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