ElJuzgado de Primera Instancia Número 23 deValencia dictó el pasado 5 de marzo una sentencia que condena alBanco Santander a devolver el dinero que una clienta invirtió enacciones del Banco Popular en la ampliación de capital de la entidaden 2016. Banco Santander S.A. absorbió a Banco Popular y el fallotambién le condena a pagar los intereses legales por la compra de1.300 acciones.
Lademanda fue presentada por el despacho Varona Legal & Numbers yha conseguido una de las primeras sentencias en Valencia favorables alos accionistas que adquirieron participaciones del Banco Popular. Lajuez entiende que procede anular el contrato decompraventa por haberse suscrito con error en el consentimiento,dado que la entidad presentaba una imagen de solvencia y liquidez queno se ajustaba a la realidad. Es decir, que lascuentas contenían errores y omisiones que provocaron que losclientes tomaran la decisión de comprar acciones sin conocer lasituación financiera real de Banco Popular en 2016.
Deeste modo, la clienta, confiando en la información que leproporcionó la entidad bancaria en el momento de la suscripción delas acciones, compró asumiendo un riesgo que en ningún momento sele explicó y que provocó la pérdida total y absoluta del capitalinvertido. El fallo de la sentenciadeclara “la nulidad, por concurrencia de error en la formación delconsentimiento, de la orden de compra de 1.300 acciones de BancoPopular de fecha 20 de junio de 2016” y condena a Banco Santanderal reintegro de la cantidad invertida, más los intereses legales ylas costas del procedimiento”.
Estasentencia no es recurrible y la entidad bancaria ya ha consignado elimporte de la condena en la cuenta de la demandante, por lo que éstaha visto resarcido todos los daños y perjuicios por los quereclamaba. En opinión de Ignacio Varona, socio director de VaronaLegal, “esta sentencia avala que Banco Popular falseó sus cuentaspara colocar acciones a los pequeños inversores, dejando elcamino judicial despejado para todos los afectados, que ahora sípodrán reclamar con todas las garantías todo el dinero perdido.Ya son varias las Audiencias Provinciales que han fallado en favordel cliente, pero era importante conocer la decisión de la AudienciaProvincial de Valencia que es quien, en la mayoría de los casos,acabará decidiendo sobre las compras efectuadas en las oficinas dela provincia”.
Desdeel despacho Varona Legal consideran que la Audiencia Provincial deValencia ya ha resuelto sobre esta cuestión, lo que refrenda losintereses de los afectados por la compra de acciones del BancoPopular adquiridas como consecuencia de la ampliación de capital. Enconcreto, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 23 sebasa para resolver el asunto planteado en la reciente Sentencia de laSección Séptima, que a su vez se basa en Sentencias de la AudienciaProvincial de Barcelona y de Valladolid, concluyendo claramente que“la oferta de la ampliación de capital, integrada por el Folleto ylos informes periódicos, así como la publicidad que se hizo por laentidad Banco Popular no reflejaba la realidad económica del Banco,se ocultaron y tergiversaron los datos ofreciendo la apariencia de unnecesidad de capital limitada, para afrontar unos posibles riesgos deescasa entidad, pese a que, como se determinó escasos meses después,la situación era gravísima, provocando que los organismosinternacionales acordaran la resolución de la entidad, y todo ellosin que durante ese periodo (de mayo de 2016 a junio de 2017) seprodujese ningún hecho extraordinario que justificase que el Bancopasase a no ser viable, y sin que la entidad haya dado ningunaexplicación coherente sobre ello, lo que nos permite concluir quefue debido a que la información que se ofreció para la ampliaciónde capital no era real.”