Unos recién casados protegidos con mascarillas salen de una sede del Registro Civil, en una imagen del 13 de marzo. EFE Una de las consecuencias que trajo consigo la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 fue la cancelación de bodas o comuniones previstas para abril o mayo y que tuvieron que ser aplazadas debido al estado de alarma decretado por el gobierno.
Algunas de estas celebraciones tienen previsto celebrarse en las siguientes semanas y en AVACU han recibido consultas de consumidores preguntando por sus derechos en caso de cancelación o modificación de las condiciones en que, en un principio, tenían previsto celebrar su boda, comunión o bautizo.
En este sentido, desde AVACU insisten en que, dada la situación actual, las medidas restrictivas pueden cambiar de una semana a otra, por lo que habrá que atenerse a lo que se establezca oficialmente desde el gobierno llegada la fecha de la celebración.
A día de hoy, en la Comunitat Valenciana, Sanidad ha establecido unas normas para la celebración de bodas, comuniones, bautizos y otros eventos de carácter social donde se sirvan alimentos, con unas medidas específicas que se deben seguir en cuanto a aforo, horarios, autorizaciones... Es importante que nos informemos bien previamente a la celebración, para tener claras todas las medidas y posibles limitaciones que nos podamos encontrar.
En cualquier caso, desde AVACU aconsejan que, ante cualquier problema que pueda surgir o cambio en la celebración, se intente, en primera instancia, llegar a un acuerdo con el lugar o restaurante donde tengamos hecha la reserva, acuerdo que satisfaga a ambas partes. De no ser así, y siempre ateniéndose a lo previamente firmado, se podría solicitar la resolución del contrato.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia