AVACU informa sobre la devolución de las prestaciones por maternidad y paternidad en el IRPF
Ayer se publicó la
Sentencia de 3 de Octubre de 2018 (1462/2018) del Tribunal Supremo en
la que se ha fijado que las prestaciones públicas por maternidad
percibidas por la Seguridad Social están exentas de tributación en
el IRPF. En la misma línea se ha pronunciado recientemente la
Dirección General de Tributos sobre las prestaciones por paternidad.
Por ello, desde AVACU informan de que a partir del día de
hoy se puede solicitar la devolución correspondiente por la
tributación de estas cantidades de la siguiente forma:
Las prestaciones
que se perciban durante el año 2018 se podrán regularizar en la
renta de la próxima campaña, si bien desde la sentencia la
Seguridad Social ya no viene practicando retención sobre las
mismas.
Las prestaciones
percibidas en los ejercicios 2016 y 2017 se regularizarán mediante
un formulario que estará disponible en la web de la Agencia
Tributaria en Enero de
2019.
Las prestaciones
percibidas en los ejercicios 2014 y 2015 son las que ya pueden ser
objeto de regularización a partir de hoy, solicitando así su
devolución.
En el siguiente enlace se indica el proceso a seguir para su
devolución, que consiste en cumplimentar un formulario y presentar
el mismo telemáticamente:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Ca
mpanas_/Prestacion_maternidad/Prestacion_maternidad.shtml.
Aunque es preferible esta primera opción, desde el enlace también
se puede imprimir en papel y presentar de forma presencial.
El formulario únicamente es válido para los datos reflejados en él,
por lo que si se desea regularizar cantidades por otro motivo se
deberá realizar un escrito aparte.
Por último, si ya se ha solicitado previamente la rectificación de
cualquier autoliquidación del IRPF por este motivo no es necesario
presentar nuevamente este formulario, sino que el órgano competente
resolverá sobre el mismo.
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