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El Ayuntamiento de Requena ha convocado del 8al 14 de julio las elecciones a alcaldes o alcaldesas en las 25 pedanías queforman parte del término municipal.
Podrán ser electores todos los que, siendomayores de edad, figuren empadronados en la aldea. Por su parte, podrán sercandidatos todas las personas españolas o de cualquier otra nacionalidad de laUnión Europea que, siendo mayores de edad, presenten formalmente en el registrodel Ayuntamiento de Requena (SAT) su candidatura a la alcaldía de lacorrespondiente población hasta el próximo 4 de julio a las 14.00 horas.
Si únicamente se presentara un candidato, loselectores presentes podrán refrendar ésta candidatura para su nombramiento comoalcalde pedáneo en una votación inicial. Si se obtiene una mayoría de votosfrente a una mayoría resultante de la suma de votos nulos, votos en blanco yvotos a otras personas, será proclamado alcalde. Si por el contrario estamayoría supera al número de votos de apoyos al candidato presentado, seiniciará un proceso de selección idéntico al de un proceso donde no se hanpresentado candidatos.
Si no se presentan candidaturas, el procesoelectoral se llevará a cabo por el procedimiento de “doble vuelta”: En primera votación,los electores podrán votar a la persona que consideren más adecuada para elcargo, pudiendo alcanzar propuesta de nombramiento a su favor, la persona quehubiera obtenido la mitad más uno de los votos válidos emitidos y declareaceptar el cargo.
Si ninguna persona alcanzara en la primeravotación el número de votos citado, se irá a una segunda votación, que habrá decircunscribirse a los dos candidatos más votados en la primera y que aceptenser candidatos en la segunda votación. En esta segunda votación, obtendrá propuesta denombramiento el candidato que más votos obtenga
Las elecciones pedáneas se celebrarán losdías que a continuación se indican: