María Amparo Valero Desde CSIF reiteramos
nuevamente la necesidad de actualizar el manual de permisos y licencias de los
docentes no universitarios. En la actualidad, se demanda, por parte de este
colectivo, múltiples situaciones que no tienen una regulación concreta o que,
si la tienen, no da respuesta a la necesidad real de esa circunstancia. Por
tanto, nuestro objetivo con este artículo es reivindicar que todas estas
realidades puedan quedar reguladas y recogidas en la medida de lo posible en
una nueva redacción del decreto 7/2008, de 25 de enero así como también en el
correspondiente manual de permisos y licencias tan consultado por todos los
docentes.
Haremos mención de alguno de estos permisos, que consideramos urge
actualizar debido a la necesidad y gravedad de la situación:
·
El permiso de hospitalización por enfermedad grave de un familiar
que le corresponde al docente no da respuesta a la necesidad de la enfermedad
por la que permanece ingresado. Ante determinados casos y, siempre justificado
y motivado, en este permiso, la Administración debería de dar la opción de
ampliación por el tiempo que dure la hospitalización del familiar
enfermo.
·
La ampliación del permiso de maternidad puesto que 16 semanas para
una madre y un hijo es poco tiempo. Si se quiere una verdadera conciliación
familiar en una sociedad como la actual donde se hace tan necesario compaginar
horarios de trabajo, formación y familia esta ampliación del permiso de
maternidad ha de ser ya una realidad palpable.
·
Ampliación del permiso de lactancia. De igual modo que
consideramos necesaria una ampliación del permiso de maternidad también es
necesaria la ampliación de la lactancia porque en el caso de compactarla un mes
es poco tiempo.
·
En cuanto a las reducciones de jornada, la Administración también
debería de contemplar, junto con la opción ya existente y regulada, la
posibilidad de solicitar una reducción de jornada cuya duración coincidiera con
el inicio y el final del curso escolar.
De tal forma se empezaría el 1 de
septiembre con la reducción solicitada y se acabaría el 30 de junio. Esta
opción, además de favorecer la conciliación familiar, daría más estabilidad a
los centros puesto que no verían cambios en las modalidades de reducción por
parte de muchos de sus usuarios y, así, mantendrían la plantilla durante todo
el curso. Del mismo modo, la persona que la solicita podría hacer uso de la
reducción desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio sin ver mermadas sus
nóminas de julio y agosto.
Junto con estos supuestos, el Manual de permisos y licencias
también requiere una modificación, aclaración y actualización ya que establece
algunos apartados no contemplados en el Decreto. Uno de ellos, y en el que ya
venimos insistiendo hace tiempo, es qué ocurre cuando el docente falta de forma
aislada 5 días al centro en ese año. Se produce descuento en su nómina por ese
quinto día cuando los descuentos en nómina por baja ya se eliminaron con el
Decreto Ley 3/2018, de 13 de julio, del Consell. Se entiende que no se debe
descontar pero es una situación que ha de regularse con la finalidad de
aclararla.
En general, desde CSIF se insta
a la Administración para que realice los trámites pertinentes con la finalidad
de poner al día y aclarar todas las situaciones que en este momento pueden
estar erróneas, difusas o no contempladas.
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