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Sagunt se compromete con el Síndic a eximir del impuesto de circulación a las personas que acrediten la discapacidad con el certificado de la Seguridad Social

El ayuntamiento saguntino cambiará su ordenanza fiscal para incluir la resolución del INSS como documento acreditativo de la discapacidad igual o superior al 33%

Casa consistorial de Sagunt. EPDA
Casa consistorial de Sagunt. EPDA

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Elsíndic de greuges e.f. de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, haaplaudido la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Sagunt debuscar una fórmula legal que permita a las personas que acrediten ladiscapacidad con el certificado del Instituto Nacional de laSeguridad Social (INSS) disfrutar de los beneficios fiscales a losque tienen derecho, tales como la exención del impuesto decirculación.

La actuación deldefensor valenciano se inició el pasado mes de marzo al recibir laqueja de un vecino a quien el Ayuntamiento de Sagunt le habíadenegado la exención de impuestos sobre vehículo de tracciónmecánica por discapacidad. El consistorio argumentaba que elcertificado de discapacidad de la Conselleria de Igualdad caducabacon anterioridad a la fecha de devengo del impuesto y, aunque elafectado también aportó el certificado del INSS de incapacidadpermanente en el grado de absoluta para todo trabajo, el Ayuntamientose negaba a aceptar este documento como acreditación de sudiscapacidad.

Lamentablemente,no es el único expediente tramitado por el Síndic sobre estaproblemática. Esta institución ha recibido quejas similares deciudadanos que residen en diferentes municipios de la ComunidadValenciana y que se enfrentan a la misma traba: su ayuntamiento noles reconoce la resolución del INSS como documento acreditativo desu discapacidad. Si a este obstáculo burocrático se le añaden lasdemoras que arrastra la Conselleria para resolver el grado dediscapacidad, el resultado se traduce en una situación deincertidumbre y bucle constante en la que se vulneran los derechos delas personas con discapacidad.

Entodas estas situaciones, el Síndic viene advirtiendo a losayuntamientos afectados, que según la normativa vigente (Art. 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre) lospensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida unaincapacidad permanente en el grado de total, absoluta o graninvalidez son consideradas personas con discapacidad en grado igual osuperior al 33%.

Enel caso del Ayuntamiento de Sagunt, el Síndic le instaba a aceptarlas resoluciones de incapacidad permanente en los grados de absoluta,total o de gran invalidez como certificados de minusvalía con ungrado igual o superior a un 33 %. Una petición que el consistorio haaceptado y que se plasmará con una modificación en su respectivaordenanza.

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