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Una histórica resolución del Tribunal Supremo ha abierto la puerta para que miles de consumidores recuperen el dinero pagado de más en sus préstamos hipotecarios. La Sala de lo Civil, en su sentencia núm. 913/2026 de 11 de junio, ha dictado jurisprudencia al declarar nula por abusiva la cláusula que imponía la contratación de un seguro de vida de prima única vinculado a la hipoteca. Esta resolución confirma que las entidades financieras no pueden obligar a contratar estos productos bajo sus exclusivas condiciones.
El caso: más de 24.000 euros impuestos de forma opaca
El procedimiento tiene su origen en la demanda de un consumidor contra el Banco Popular Español S.A. (absorbido por Banco Santander S.A.). Al firmar su hipoteca en 2017 por 151.547,62 euros, el banco introdujo una cláusula que obligaba al cliente a transferir de inmediato 24.467,62 euros a Allianz Popular Vida S.A. para el pago de la prima única de un seguro de amortización.
Esta cantidad representaba más del 16% del capital prestado. Un desembolso de enorme trascendencia que se detraía del propio préstamo y sobre el cual, además, el consumidor terminaba pagando intereses adicionales durante toda la vida del crédito.
Los motivos que hacen que la cláusula sea nula son:
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Falta de negociación: El pago de la prima única fue impuesto unilateralmente por el banco de forma predispuesta, forzando al cliente a firmar el seguro para obtener la financiación.
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Monopolio del grupo: La entidad impuso la contratación con una aseguradora de su propio grupo empresarial, designándose el banco como tomador y beneficiario.
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Ausencia de alternativas: No se ofreció al cliente la posibilidad de contratar con compañías independientes ni la opción de una prima periódica anual, mucho más ventajosa.
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Opacidad: Se ocultó el coste real de la financiación (TAE) al camuflar el gasto del seguro fuera de las condiciones principales de la escritura.
El Alto Tribunal recuerda que la Directiva Europea 2014/17/UE ampara el derecho del consumidor a elegir su proveedor de seguros, un precepto que el banco ignoró.
El fallo condena a la entidad a devolver el importe íntegro de la prima única cobrada indebidamente junto con sus intereses pactados, deduciendo únicamente la parte proporcional del seguro consumida hasta la firmeza de la resolución. También condena al banco al pago de las costas de la primera instancia.
Si le impusieron un seguro de vida de prima única al contratar su hipoteca, se encuentra ante una situación de clara abusividad. Para poder recuperar su dinero, debe presentar una reclamación ante su entidad y, en caso que no sea atendida favorablemente, acudir a la vía judicial en pro de la defensa de sus intereses.