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El Supremo avala que un detective privado investigue un posible delito a petición de la víctima

Una sentencia de 2016 del Tribunal Supremo fija los límites de la investigación privada y el valor de sus informes ante los jueces

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Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. / EFE-Mariscal
Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. / EFE-Mariscal

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Los informes de los detectives privados tienen valor como prueba en un proceso penal, siempre que el profesional los ratifique ante el juez. Así lo recuerda la sentencia 908/2016, de 30 de noviembre, del Tribunal Supremo, que también delimita hasta dónde puede llegar su investigación.

Qué pueden investigar y qué no

Según la sentencia, tanto la antigua Ley de Seguridad Privada 23/1992 como la actual Ley 5/2014, de 4 de abril, prohibían y prohíben a los detectives investigar delitos perseguibles de oficio.

Lo que no cabe, precisa el Supremo, es una investigación paralela a la policial en esos casos. Sin embargo, nada impide una primera investigación a instancia de la persona afectada, para saber si es víctima de un delito y para consolidar o descartar sus sospechas.

El informe, como prueba en el juicio

El valor probatorio de estos informes ratificados en el juicio oral lo asume la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de aplicación subsidiaria en el proceso penal, en su artículo 265.1.5º. Tres claves:

  • El detective es el único profesional cuyo informe menciona la LEC a efectos de prueba (artículo 265).
  • El informe debe ratificarse en sede judicial. El detective comparece como testigo cualificado, sometido a reglas especiales (artículo 380 de la LEC).
  • Puede aportar al informe grabaciones de imágenes.

Protección de datos

La validez de lo actuado por detectives se destaca incluso en protección de datos. La Resolución R/02831/2016 de la Agencia de Protección de Datos recoge que el tratamiento de datos personales por detectives que reciben un encargo de terceros legitimados está habilitado por ley.

La misma norma habilita la cesión de datos que hace quien encarga la investigación, sin que sea necesario el consentimiento del investigado. Tampoco procede que el investigado ejerza el derecho de acceso ante el despacho del detective, porque prevalece el derecho a la tutela judicial efectiva sobre el de protección de datos.

El informe forensic

Entre las funciones que pueden encuadrarse en la investigación privada y aportarse a un proceso penal está el informe forensic. Su autor también puede y debe comparecer en el juicio como testigo o como testigo-perito.

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