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El Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Valencia harevertido el nombramiento de una plaza para ocupar la jefaturade servicio de hematología del hospital la Fe de Valencia,condenandode paso a la Generalitat Valenciana a pagar las costas del juicio.
Lasentencia, contra la que cabe recurso, determina que se produjeronirregularidades en el nombramiento de los vocales del tribunal quetenía que evaluar a los candidatos a la plaza. Concretamente lasentencia apunta que a pesar de que la ley establece que hay quesortear, y de hecho se sorteó, la composición del tribunal paragarantizar la objetividad de los evaluadores, los vocales deltribunal incluían profesionales que por el sorteo había designadocomo suplentes.
Lasentencia se muestra muy contundente contra los procedimientos de laGeneralitat Valenciana, y en su texto pueden leerse párrafos como“denotaesa composición viciada el hecho de que no se cubriera la terceraplaza de suplente entre los vocales designados por sorteo, cuandohabía disponibilidad de facultativos para su designación”,e incluso va más allá cuando usa las matemáticas para argumentarsu fallo “elresultado difícilmente se podría considerar aleatorio cuando elinforme pericial aportado acredita que la posibilidad de que, dada lacomposición heterogénea del colegio, todos los miembros designadospor sorteo fueran ajenos al hospital La Fe, como así ocurrió, era 1entre 1.287”.
Lasentencia exige que el concurso de adjudicación de la plaza seretrotraiga al momento de la composición del tribunal y esta vez serespete el orden del sorteo de sus miembros.