Ir al contenido principal

La promoción de un funcionario de C1 a A1 en Canet d’en Berenguer llega a los juzgados de Sagunto por presuntas irregularidades

El Ayuntamiento muestra tranquilidad absoluta por una cuestión que acabará en nada

Pere Valenciano, director de El Periódico de Aquí.
Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer.
Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer. // EPDA

Añadir El Periodico de Aquí como fuente preferida de Google de forma gratuita.

Activar ahora

Una denuncia penal señala a José Rodríguez Jurado por presuntos delitos de prevaricación administrativa y nombramiento ilegal en un proceso de promoción interna que ya había sido cuestionado por la Agencia Valenciana Antifraude. La polémica por la promoción interna de un funcionario del Ayuntamiento de Canet d’en Berenguer ha dado un nuevo paso con la presentación de una denuncia penal ante la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sagunto. La actuación judicial, impulsada a título individual por una persona que se considera afectada por el procedimiento, pone el foco sobre el funcionario José Rodríguez Jurado, en relación con un proceso selectivo que permitió a este último acceder al subgrupo A1 desde el C1 y que posibilitó después ocupar el puesto de subdelegado del Gobierno junto a Pilar Bernabé.

El asunto, del que El Periódico de Aquí ha venido informando en distintas ocasiones, se remonta a una convocatoria de promoción interna aprobada en 2022 para cubrir una plaza de técnico de Administración General (TAG), correspondiente al subgrupo A1. Según los hechos expuestos en la denuncia, el procedimiento permitió concurrir a un funcionario perteneciente al subgrupo C1, sin pasar previamente por el A2, una circunstancia que constituye uno de los principales argumentos de la acción penal.

La denuncia atribuye presuntas irregularidades a los responsables del proceso y solicita que se investigue si las decisiones administrativas adoptadas pudieron constituir delitos de prevaricación administrativa y nombramiento ilegal. La presentación de esta denuncia no implica, por sí misma, que el juzgado haya apreciado indicios delictivos ni que se haya acordado la condición de investigados de las personas señaladas.

Una promoción interna bajo sospecha

El origen de la controversia se encuentra en las bases de una convocatoria de promoción interna destinada a cubrir una plaza del grupo superior de la función pública municipal. El único aspirante admitido pertenecía al subgrupo C1, por lo que su acceso directo al A1, sin haber desempeñado previamente un puesto del subgrupo A2, ha suscitado importantes dudas sobre la legalidad del procedimiento.

La denuncia sostiene que esta promoción vulneraría las reglas aplicables a la carrera administrativa y la doctrina jurisprudencial sobre los requisitos de acceso a determinados cuerpos y escalas funcionariales. En este sentido, considera que las bases habrían permitido una promoción excepcional que no se ajustaba a las exigencias legales y que terminó beneficiando a un único candidato.

Uno de los aspectos más relevantes del caso es que las posibles irregularidades no pasaron inadvertidas para los organismos de control. Según la documentación descrita en la denuncia, la Agencia Valenciana Antifraude (AVAF) advirtió de que las bases de la convocatoria y la admisión del aspirante podían incurrir en causa de nulidad de pleno derecho, e instó al Ayuntamiento a iniciar la correspondiente revisión de oficio.

Pese a estas advertencias, el procedimiento continuó y culminó con el nombramiento del funcionario, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en marzo de 2023.

Este hecho constituye uno de los puntos centrales de la denuncia, que solicita determinar por qué el gobierno municipal mantuvo el proceso pese a conocer los reparos formulados por Antifraude y si existió una actuación consciente contraria al ordenamiento jurídico.

Las relaciones políticas y personales, también bajo el foco

La denuncia no se limita a cuestionar los aspectos técnicos del procedimiento administrativo, sino que también plantea la necesidad de investigar las relaciones políticas y personales existentes entre el alcalde y el funcionario beneficiado por la promoción.

Según el relato presentado ante los tribunales, ambos habían compartido proyecto político y coincidido en el Consejo de Administración de la empresa pública municipal GESCANET, S. L., circunstancias que el denunciante considera relevantes para esclarecer el contexto en el que se desarrolló el procedimiento.

La acción judicial pretende determinar si estos vínculos pudieron influir en las decisiones administrativas adoptadas, especialmente en la configuración de las bases, la admisión del candidato y la continuidad del proceso después de las advertencias de la Agencia Valenciana Antifraude.

No obstante, la existencia de relaciones políticas o profesionales entre los implicados no acredita por sí misma una actuación delictiva, por lo que corresponderá al órgano judicial valorar si los hechos denunciados justifican la apertura de una investigación penal.

Una promoción que habría facilitado el acceso a un cargo de mayor responsabilidad

Otra de las cuestiones que plantea la denuncia es la repercusión que la promoción al subgrupo A1 habría tenido en la trayectoria profesional de José Rodríguez Jurado.

El denunciante sostiene que alcanzar esta clasificación funcionarial resultaba determinante para acceder posteriormente a un puesto de mayor responsabilidad en la Administración General del Estado, al que vincula con una designación en el ámbito de la Subdelegación del Gobierno en Valencia durante 2024.

Esta circunstancia refuerza, según la argumentación de la denuncia, la importancia de examinar la legalidad del procedimiento municipal, puesto que sus consecuencias habrían podido extenderse más allá de la organización interna del Ayuntamiento de Canet d’en Berenguer.

La eventual relación entre la promoción funcionarial y posteriores nombramientos administrativos deberá ser acreditada mediante la documentación correspondiente, sin que pueda darse por demostrada únicamente por su sucesión temporal.

La denuncia reclama documentación y declaraciones

Entre las diligencias interesadas ante el Tribunal de Instancia de Sagunto figura la incorporación de la documentación completa del expediente administrativo, incluida su trazabilidad electrónica, con el objetivo de conocer las decisiones adoptadas, las personas que intervinieron en ellas y las fechas en las que se produjeron.

También se solicita examinar las actas del tribunal calificador, las bases de la convocatoria, las resoluciones municipales y la información relativa a la empresa pública GESCANET, además de recabar las declaraciones que el órgano judicial considere pertinentes.

La identidad de la persona denunciante se mantiene reservada en la información facilitada, invocándose las garantías de confidencialidad y protección frente a posibles represalias contempladas en la normativa europea y española sobre protección de informantes, entre ellas la Directiva (UE) 2019/1937 y la Ley 2/2023, cuya aplicación concreta deberá determinarse conforme a las circunstancias del caso.

Más allá del caso concreto, los hechos plantean interrogantes sobre los mecanismos de control interno de las administraciones locales y la obligación de garantizar que los procedimientos de promoción profesional respeten los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

La cuestión fundamental que deberá esclarecerse es si las posibles irregularidades denunciadas responden a una interpretación administrativa incorrecta de la normativa o si, por el contrario, existieron decisiones deliberadas destinadas a favorecer a una persona concreta mediante un procedimiento contrario a derecho.

El Periódico de Aquí continuará informando sobre la evolución de este asunto, que queda pendiente de las decisiones que adopte el órgano judicial competente y de las explicaciones que puedan ofrecer las personas señaladas en la denuncia.

Por el momento, los hechos expuestos constituyen acusaciones formuladas en una denuncia penal y deben analizarse respetando la presunción de inocencia de todos los afectados.

Respuesta del Ayuntamiento 

En el Ayuntamiento de Canet la tranquilidad es máxima y creen que la denuncia no tiene ningún recorrido «más allá de provocar ruido. Habrá que ver si quien la ha puesto es, de verdad, 'una persona que se considera afectada" o algún exsocio del exsecretario del ayuntamiento condenado por cohecho, José Antonio Sancho Sempere, que quiere que le paguemos un dinero que este le adeuda». El proceso, insisten, fue totalmente legal.

Estas mismas fuentes califican de «extraña» la denuncia, ya que «recientemente hubo una sentencia de la sección de lo Contencioso-Administrativo n.º 10 del Tribunal de Instancia de València, contra la que no se ha presentado recurso. Esa desestimaba las pretensiones de una de las personas que, de verdad, participó en la oposición y pidió la nulidad de las bases y retrotraerse al inicio. Eso excluye de plano que hubiera podido haberse cometido un delito de prevaricación. El caso era tan claro, que la sentencia ni siquiera entró en el fondo del asunto».

También recuerdan que la Fiscalía Anticorrupción abrió en septiembre diligencias para estudiar el caso y que disponía de un plazo máximo de nueve meses para decidir si, finalmente, presenta una denuncia formal en el juzgado. «Esto refuerza la idea de que quien esté detrás de la denuncia solo busca ruido», apuntan estas fuentes, «ya que cuando alguien inicia alguna acción legal con viso de prosperar espera a que sea admitida a trámite; si lo que se busca es simplemente titulares, se va a la prensa antes de la que la tinta esté seca», añaden.

Sobre el autor

Pere Valenciano, director de El Periódico de Aquí.
PERE VALENCIANO
Ver biografía
Lo más leído