La historia de Vitas de Amarre SL y su relación con José Antonio Sancho Sempere no es solo la de una empresa privada enfrentada al Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer por una indemnización judicial. Es, sobre todo, la historia de cómo una sociedad mercantil aparece repetidamente en el perímetro de influencia del ex secretario municipal que durante décadas acumuló poder institucional, control jurídico y capacidad de decisión sobre expedientes públicos, mientras simultáneamente tejía una red de sociedades, asociaciones y relaciones empresariales hoy bajo escrutinio penal, contable y periodístico. La reciente condena al Ayuntamiento para abonar 276.375 euros a Vitas de Amarre SL, por la frustrada explotación de un proyecto hotelero considerado inviable por la servidumbre de Costas, ha devuelto al primer plano una vieja pregunta: si el origen de ese derecho de cobro puede entenderse al margen del ecosistema de intereses construido durante años por Sancho Sempere. Y la respuesta es no.
Una empresa situada en el centro de la trama local
Vitas de Amarre SL, constituida en 1998 y conocida como la razón fiscal del Hotel Playa Canet, no aparece en este caso como una mera sociedad alejada de los circuitos de poder municipal. Según la información obtenida por El Periódico de Aquí, la empresa mantuvo una posición estable dentro del tejido económico de Canet y figuró entre las sociedades que, teniendo intereses en el municipio, realizaron pagos periódicos a la Federación Profesional Valenciana, una de las entidades que las investigaciones sitúan en la órbita de Sancho Sempere, el que fuera secretario municipal todopoderoso hasta que terminó en la cárcel. Y lo fue, por cierto, con los primeros gobiernos de Esquerra Unida, el gobierno EU-PSPV y los del PP con socios de lo más variopintos. Pero sus consecuencias sacuden todavía hoy el día a día municipal.
Ese dato resulta especialmente relevante porque la Federación Profesional Valenciana no era una asociación inocua ni periférica. El informe al que ha tenido acceso este medio sostiene, a partir de documentación policial, que esta estructura funcionó como un canal de captación de fondos procedentes de empresas favorecidas por contratos, concesiones o decisiones administrativas, y que en su operativa aparecían como beneficiarios o perceptores miembros del entorno familiar y profesional del ex secretario.
El nexo económico: cuotas a la Federación Profesional Valenciana
Uno de los indicios más sólidos que recoge el dosier es el pago por parte de Vitas de Amarre de cuotas mensuales de aproximadamente 2.081 euros a la Federación Profesional Valenciana durante los años 2009, 2010 y 2011. Solo en 2010, esos pagos habrían ascendido a 24.972,72 euros, una cifra que, en términos periodísticos y políticos, obliga a formular una pregunta sencilla: qué obtenía la empresa a cambio de financiar de manera constante una entidad asociada al hombre que controlaba los resortes jurídicos del Ayuntamiento.
La relevancia de esos pagos crece cuando se observa que Vitas de Amarre no estaba sola. Otras empresas con intereses directos en Canet, como Recaudaciones Levantinas o Termas de Canet, también contribuían a esa misma estructura. El patrón descrito en el informe sugiere la existencia de un flujo recurrente de dinero privado hacia una organización inserta en el entorno de Sancho, compatible con la hipótesis de una red de retribuciones indirectas por trato favorable, extremo que, en términos jurídicos, exigiría prueba plena, pero que en términos de investigación periodística constituye un indicio de gran fuerza explicativa.
El nexo personal: Juan José Sánchez Amores
La conexión entre Vitas de Amarre y Sancho Sempere no se agota en los pagos. El informe identifica como figura clave a Juan José Sánchez Amores, presentado como apoderado solidario de Vitas de Amarre y, al mismo tiempo, como administrador de Millena III Milenio, una sociedad que el propio Sancho reconoció más tarde como propia, tras las investigaciones de este periódico, y en la que, según diversas publicaciones, Sánchez Amores habría actuado como testaferro hasta 2013.
Ese doble papel convierte a Sánchez Amores en una pieza de engarce entre la empresa beneficiaria de la futura indemnización y una de las sociedades instrumentales del ex secretario. El informe añade otro elemento de interés: el padre de Sánchez Amores, empresario vinculado al Hotel Playa Canet y a concesiones municipales, habría sido beneficiario de decisiones favorables dentro del Ayuntamiento de Canet. Si esa reconstrucción es correcta, la relación entre Vitas de Amarre y el círculo de Sancho no sería solo económica, sino también orgánica y funcional.
El nexo jurídico: Sancho como abogado de la empresa
La pieza quizá más delicada del rompecabezas aparece en el plano jurídico. Según la Sentencia 160/2018 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, citada en el informe, Vitas de Amarre SL compareció en un recurso contencioso-administrativo asistida por el letrado José Antonio Sancho Sempere.
Ese dato tiene una enorme carga política y ética. Sancho no era un abogado cualquiera ajeno al municipio, sino en ese momento el secretario municipal que había concentrado durante años funciones decisivas dentro del Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer, el mismo que celebraba comilonas que se prolongaban durante horas, en uno de sus cuarteles generales de la playa, el propio Hotel. Que una empresa con intereses administrativos y económicos en el municipio aparezca, además, defendida por quien había ocupado esa posición de poder refuerza la sospecha de una relación privilegiada, y encaja con el patrón ya descrito en otras resoluciones sobre negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios.
En este contexto, El Periódico de Aquí ha tenido acceso a un informe elaborado por la Unidad de Delitos Económicos y Urbanísticos de la Guardia Civil en el que consta que Sancho Sempere tenía varios créditos contra, entre otros, Juan Sánchez Amores por un importe de 300.000 euros. En dicho informe, aparece también el nombre del entonces alcalde socialista, Octavio Herranz, a quien aparece un apunte contable de 12.500 euros. Hay que recordar que la mujer de éste consiguió una plaza de funcionaria en el Ayuntamiento de La Pobla de Farnals junto a una de las hijas de Sancho poco tiempo después de haber instigado una moción de censura que aupó a Natividad García, tránsfuga del PP con el apoyo de los socialistas, que acabaría en la cárcel junto a Sancho por aceptar soborno de éste.
La sentencia de 2026 y la pregunta decisiva
La Sentencia 118/2026 del TSJCV condenó al Ayuntamiento a pagar 276.375 euros a Vitas de Amarre tras considerar que el consistorio había licitado un proyecto hotelero inviable por las restricciones derivadas de la Ley de Costas. La empresa había reclamado inicialmente 4,4 millones, pero la cuantía quedó reducida tras la valoración judicial de los informes periciales aportados por el actual gobierno municipal. ¿Cómo es posible que un secretario municipal no supiera que aquello era inviable? ¿Se hizo a sabiendas?
Desde el punto de vista estrictamente procesal, el derecho de cobro nace de esa sentencia. Pero desde la óptica periodística, la cuestión relevante no se limita al fallo, sino a la genealogía del conflicto: quién impulsó en su día el proyecto, bajo qué condiciones administrativas se sostuvo, qué decisiones previas lo hicieron posible y si esas decisiones se tomaron en un contexto contaminado por las relaciones entre la empresa y el entorno del entonces secretario municipal.
Una presunta vinculación con efectos económicos actuales
Con los elementos reunidos, puede sostenerse con prudencia pero con claridad que existe una presunta vinculación entre Vitas de Amarre SL y José Antonio Sancho Sempere sustentada en tres planos convergentes: pagos de la empresa a una entidad situada en la órbita del ex secretario, intervención de un apoderado común al universo societario de Sancho y actuación del propio Sancho como letrado de la mercantil en sede judicial.
Lo que todavía no puede afirmarse como hecho probado, al menos con la documentación accesible, es que la sentencia que hoy reconoce a Vitas de Amarre el cobro de 276.375 euros fuera el resultado directo de una maniobra ilícita diseñada por Sancho. Sin embargo, sí puede sostenerse que la empresa beneficiaria de ese cobro formó parte, de acuerdo con el informe, del entramado relacional, económico y jurídico que gravitó durante años alrededor del ex secretario.
El interés público del caso
Por eso el caso trasciende el debate indemnizatorio. No se trata solo de si el Ayuntamiento debe pagar, porque eso ya lo ha ordenado un tribunal, sino de si las instituciones de control deben reconstruir la cadena completa de decisiones que llevó a ese desenlace para determinar si hubo responsabilidades contables, administrativas o incluso penales en el origen del perjuicio para las arcas públicas
La apertura de actuaciones en el Tribunal de Cuentas, recogida en el informe y en las informaciones periodísticas citadas, convierte esta controversia en algo más que un pleito urbanístico o patrimonial. La sitúa en el terreno de la rendición de cuentas sobre un modelo de poder municipal donde empresas privadas, estructuras asociativas opacas y cargos públicos pudieron converger en un mismo sistema de intereses cruzados.
Vitas de Amarre no aparece, a la luz del material reunido, como una sociedad ajena al ecosistema de José Antonio Sancho Sempere. Aparece como una empresa conectada por dinero, por intermediarios y por defensa jurídica con una red cuyo principal arquitecto ya ha sido condenado en otras causas y sigue proyectando su sombra sobre Canet d’En Berenguer.
La indemnización reconocida judicialmente a favor de la mercantil puede ser formalmente legítima en el plano de la sentencia. Pero el verdadero interés público del caso reside en otra cuestión: si ese crédito nace de una secuencia administrativa incubada dentro de una estructura de influencias que durante años confundió lo público con lo privado. Esa es la pregunta que explica por qué el nombre de Vitas de Amarre gue siendo hoy inseparable del de José Antonio Sancho Sempere.
NOTA. La información contenida en este articulo está obtenida de resoluciones judiciales firmes, informes de la Guardia Civil aportados en varias causas judiciales, informaciones públicas y publicadas en varios medios de comunicación y un informe de investigación propio elaborados de fuentes oficiales y registros públicos.