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La Audiencia de Valencia absuelve, 20 años después, al ‘yonki del dinero’ y a los otros cuatro acusados de la pieza E del caso Taula

La sentencia considera "no acreditados" los delitos de prevaricación, malversación y cohecho y apunta a la prescripción de algunos hechos

BORJA PEDRÓS
El exgerente de Imelsa y autodenominado "yonqui del dinero", Marcos Benavent.
El exgerente de Imelsa y autodenominado "yonqui del dinero", Marcos Benavent. // EFE/Manuel Bruque/Archivo

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La justicia que llega 20 años más tarde es injusta porque el dolor y el daño público causado es irreparable. Máxime si acaba en absolución para los acusados. La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a los cinco acusados de la pieza E del caso Taula, entre ellos Marcos Benavent, conocido como el ‘yonki del dinero’, y el excargo del PP Vicente Burgos, por el presunto amaño de contratos de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Valencia. El tribunal concluye que no hay pruebas suficientes de la comisión de delitos de prevaricación, malversación y cohecho, y apunta además que algunos de los hechos investigados habrían prescrito, pese a las grabaciones entre la exconcejala María José Alcón y Benavent que dieron origen a parte de la investigación.

La sentencia, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial y notificada este lunes a las partes, no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

En esta pieza estaban acusados Marcos Benavent, excargo del PP y conocido como el ‘yonki del dinero’; Vicente Burgos, primer marido de María José Alcón y gerente de la Fundació Jaume II el Just; y tres empresarios vinculados a compañías adjudicatarias de contratos municipales: Enrique Aleixandre, Carlos Turró y Carlos Vicent. Tanto la Fiscalía como el Ayuntamiento de Valencia, personado como acusación particular, solicitaban para ellos penas de entre tres y once años de prisión.

Contratos de limpieza, restauración y la Mostra de Valencia

La investigación se centró en contratos relacionados con obras de limpieza, mantenimiento y restauración de edificios históricos de la ciudad, entre ellos la Lonja y las Torres de Quart, además de trabajos de logística y publicidad de la XXVII Mostra de Valencia. Estos contratos fueron adjudicados por la Concejalía de Cultura, entonces dirigida por María José Alcón, fallecida en junio de 2018 y también investigada en la causa.

Tras analizar las pruebas practicadas durante el juicio, celebrado entre enero y febrero de este año, los magistrados concluyen que no ha quedado acreditado el supuesto amaño de las adjudicaciones ni el cobro de comisiones ilegales. Respecto al delito de prevaricación, la sentencia sostiene que no se ha detectado una “grosera evasión o alejamiento de los trámites procedimentales” ni adjudicaciones contrarias a los criterios establecidos.

En relación con las supuestas mordidas que habría recibido Benavent por parte de empresarios adjudicatarios, la Audiencia considera que las conversaciones intervenidas y el resto de indicios aportados no resultan suficientes para dar por probados esos pagos. Además, apunta que, dependiendo de la calificación jurídica concreta, esos hechos podrían encontrarse prescritos.

La Sala rechaza la nulidad de las actuaciones

La Sala también rechaza las cuestiones previas planteadas por las defensas sobre la nulidad de las actuaciones, entre ellas la relativa a las grabaciones de audio que dieron origen a la investigación del caso Taula en 2015 y a la apertura posterior de sus distintas piezas separadas.

Con esta resolución, la Audiencia pone fin, al menos por el momento, a una de las ramas del macroproceso judicial derivado del caso Taula, aunque la sentencia todavía podrá ser revisada por el Tribunal Supremo si alguna de las partes decide recurrir.

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PERIODISTA

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