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El sindicato CSIF ha iniciado una campaña de prevención en la provincia de Valencia que se centra en la seguridad y en las condiciones ambientales de trabajo. El objetivo de esta medida consiste en garantizar que el cumplimiento de las condiciones ambientales y de protección y en denunciar ante Inspección de Trabajo a aquellos ayuntamientos que no proporcionaran los medios adecuados.
La primera acción: asegurar una climatización óptima
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) señala que la campaña se divide en dos acciones principales. La primera se basa en el cumplimiento del Real Decreto 486/1997, que especifica que la temperatura en los espacios de trabajo no puede superar los 27 grados.
CSIF, en esa línea, localizará “los centros municipales que no disponen de equipos de climatización, o donde resulta deficiente y puede suponer un riesgo para la seguridad y salud laboral”. La central sindical pretende, con esta medida, garantizar “las disposiciones mínimas de seguridad y salud laboral en los lugares de trabajo”.
La segunda acción: garantizar chalecos antibalas para cada policía
El sindicato continúa explicando que la segunda parte de esta campaña se orienta a la protección de policías locales en la provincia de Valencia. En concreto se ha articulado para asegurar que todos estos trabajadores dispongan de “chaleco antibalas de dotación de uso individual, un equipo de protección policial esencial para garantizar la integridad física en vía pública”.
La central sindical subraya, a este respecto, que “tal como regula el artículo 14 de la Ley 21/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, las administraciones públicas deben asegurar el derecho de sus trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en sus puestos laborales”. El sindicato avisa que “esta campaña de seguridad busca identificar aquellos ayuntamientos que todavía no han dotado de un chaleco antibalas de uso individual a todos los componentes de sus cuerpos de Policía Local”.
CSIF considera que esos casos, “requieren de una subsanación inmediata de la falta de protección para todos los integrantes de la plantilla, de manera independiente a su categoría profesional”. El sindicato advierte igualmente de que el artículo 316 de la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal tipifica como delito “no facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen con seguridad su actividad”.
Denuncias ante Inspercción de Trabajo
El sindicato señala que una vez recabada toda la información por medio de sus delegados en prevención, procederá a presentar las reclamaciones correspondientes ante ayuntamientos que incumplieran alguna o las dos medidas que centran esta campaña. Además, avisa que “de no mejorarse de forma inmediata las condiciones de seguridad denunciadas, acudiremos ante la autoridad laboral e Inspección de Trabajo con el fin de exigir las responsabilidades oportunas y garantizar la seguridad y salud del personal”.